Claves de la Ley de Arizona para entrar en vigencia

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Los ojos están puestos en Arizona.

A menos de que la juez federal de Arizona Susan Bolton determine lo contrario, la nueva ley de Arizona que criminaliza la inmigración de indocumentados en ese estado entrará en efecto este jueves 29 de julio.

Tanto el Departamento de Justicia de Estados Unidos como varios grupos de defensa de los derechos civiles y organizaciones hispanas han presentado mociones para que la corte federal de Arizona impida la implementación de la legislación hasta que su validez sea debatida en los tribunales.

Arizona enfrenta unas siete demandas judiciales por la legislación SB 1070.

Al mismo tiempo, legisladores de otros 22 estados debaten legislaciones similares en sus respectivas jurisdicciones.


¿Qué hace la ley?

Esencialmente, la ley da la responsabilidad de hacer cumplir las leyes de inmigración a los gobiernos locales de Arizona. La provisión más destacada de la legislación es la creación de un nuevo delito estatal: no poseer los documentos migratorios apropiados.

La SB 1070 también le prohíbe a entidades locales, como los concejos de las ciudades o los departamentos de la policía, establecer como política el ignorar las leyes de inmigración federales. Permite que los ciudadanos sometan demandas judiciales si se formula una política de esa naturaleza.

¿Cuál es el propósito de esta ley?

Tal y como está establecida, la SB 1070 declara que la intención es modificar la aplicación de la ley de la política pública de todas las agencias locales y estatales de Arizona en cuanto a inmigración se refiere.

Expertos legales han afirmado que las provisiones de la legislación están diseñadas para eliminar la inmigración de indocumentados al estado asegurando que se cumplan las leyes estatales y locales.

¿Cuáles serán las obligaciones de la policía bajo esta nueva ley?

Si los agentes paran, detienen o arrestan a una persona mientras hacen cumplir otras leyes u ordenanzas y tienen sospecha razonable de que esa persona no posee los documentos requeridos para estar en el país, tienen la obligación de intentar determinar si su estatus es válido, si hacerlo es posible.

Esto significa que la policía no tiene que verificar el estatus migratorio de una persona si está en medio de un tiroteo, por ejemplo. Tampoco deben hacerlo si la inquisición puede perjudicar una investigación.

¿Tienen los policías que arrestar a las personas que no tienen documentos migratorios?

La ley no indica lo que debe hacer la policía una vez determine que alguien reside en EE.UU. sin documentos.

¿Qué otras obligaciones tiene la policía bajo la nueva ley?

Las autoridades deben alertar al gobierno federal cuando un indocumentado, condenado por cualquier crimen, sea puesto en libertad o paga una multa para resolver el caso.

¿Tiene la policía la obligación de entregar a los inmigrantes indocumentados al gobierno federal?

No, solamente debe notificar a los agentes de inmigración.

¿De qué forma cambia la ley el procedimiento actual de la policía respecto a las leyes migratorias?

El principal cambio es que hasta el momento, los agentes policiales de la mayoría de las localidades de EE.UU., a menos de que se lo prohíban los gobiernos locales, pueden verificar el estatus migratorio de las personas que detienen o arrestan.

La SB 1070 establece que es una obligación de la policía hacerlo en el caso de cualquier tipo de delito, ya sea grave o menor.

¿Es esto igual a la ley federal?

No, a pesar de que la mayoría de los delitos en la SB1070 están moldeados en base a crímenes federales existentes, la ley federal no exige a los efectivos policiales verificar el estatus migratorio de las personas.

Bajo la ley federal, los residentes no tienen tampoco el derecho de demandar legalmente a las agencias locales que mantienen una política en contra de la aplicación de las leyes migratorias.

La ley SB1070, ¿exige a todas las personas que residen en Arizona portar sus documentos migratorios?

No. La ley especifica que ciertos documentos pueden ser mostrados a la policía para comprobar que una persona tiene permiso para residir en el país. Entre los documentos figura la licencia de conducir o un documento de identidad estatal, tarjeta de membresía tribal o cualquier otra cédula gubernamental que sólo se le otorga a los residentes documentados. Sin embargo, la legislación no requiere que las personas documentadas porten estos documentos.

La SB 1070 indica que las personas que residen en el país que tienen el debido estatus migratorio no pueden ser condenadas por el incumplimiento voluntario de completar o llevar consigo un documento de registro de extranjeros.

¿Permite esta ley el uso de perfiles raciales?

La ley prohíbe la consideración racial “excepto en la medida en que lo permiten las constituciones de EE.UU. o de Arizona”. Por ejemplo, los tribunales han permitido a la policía considerar la raza de una persona, si ha recibido información sobre un sospechoso de cierta raza relacionado con un crimen.

Los grupos de defensa de los derechos civiles han demandado a Arizona por la ley bajo el argumento de que la medida promoverá el uso de perfiles raciales.

Analistas jurídicos han señalado que es imposible aplicar esta ley sin utilizar los perfiles raciales, pero quienes defienden la legislación afirman lo contrario.

¿Qué otros delitos establece la ley?

La SB1070 califica de delito menor que los inmigrantes indocumentados trabajen en Arizona y además prohíbe solicitar empleo si el hacerlo impide el tráfico, una prohibición evidentemente dirigida a los jornaleros diarios y las personas que los contratan.

Además, la ley establece como un delito menor el transportar, albergar o proteger a un inmigrante indocumentado o el motivar a un indocumentado venir a Arizona. Pero para poder ser considerado culpable de esa falta, la persona tiene que estar cometiendo otra ofensa criminal al mismo tiempo.

Esta última medida es el espejo de una ley federal que es motivo de debate judicial. Las cortes han determinado que es ilegal ayudar a un indocumentado a trasladarse a través de EE.UU., pero no prohíbe algunas acciones como llevarlos a la escuela o al hospital.

Pruebas en su contra: El ex presidente Alfredo Cristiani sabía que iban a atentar contra el padre Ellacuría

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Ignacio Ellacuría (dcha.) y Alfredo Cristiani, cuando éste era  presidente. / REUTERS
Ignacio Ellacuría (dcha.) y Alfredo Cristiani, cuando éste era presidente. / REUTERS
  • La Audiencia Nacional española tiene nuevas pruebas que señalan al ex presidente de El Salvador

Antonio Rubio | Madrid

Han pasado más de 20 años del asesinato del padre Ignacio Ellacuría, ideólogo de la teología de la liberación, y de otros cuatro jesuitas a manos del Ejército de El Salvador y el cerco sobre los autores intelectuales de aquella matanza comienza a cerrarse.

Nuevas pruebas aportadas recientemente al magistrado Eloy Velasco de la Audiencia Nacional por dos relevantes testigos señalan directamente a Alfredo Cristiani, que en noviembre de 1989 era presidente y comandante en jefe de las Fuerzas Armadas de aquel país.

Esos nuevos testigos, que los días 23 y 28 de junio comparecieron ante el instructor de la matanza de los jesuitas en la Universidad Centroamericana (UCA) de El Salvador, son Benjamín Cuéllar, director del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (Idhuca), y José Luis García, coronel argentino y perito militar.

Documento sobre una reunión del Estado Mayor de El Salvador en  1989.
Documento sobre una reunión del Estado Mayor de El Salvador en 1989.

Los dos relevantes y prestigiosos testigos señalaron que Alfredo Cristiani, ex presidente de El Salvador y jefe de las Fuerzas Armadas durante la matanza de los jesuitas (madrugada del 16 de noviembre de 1989), se dedicó a encubrir a los jefes y oficiales del Estado Mayor de El Salvador que dieron la orden de eliminar al padre Ellacuría y a los otros jesuitas (Ignacio Martín, Segundo Montes, Armando López y Juan Ramón Moreno). En esa masacre también perdieron la vida Elba Julia Ramos, que prestaba sus servicios en la residencia de la Universidad, y su hija Celia.

Hay que recordar que los jesuitas Ellacuría, Martín, Montes, López y Moreno eran españoles y que el proceso contra la cúpula del Estado Mayor de El Salvador se abrió en la Audiencia Nacional después de que la Asociación Pro Derechos Humanos de España (Apdhe) y el Center For Justice and Accountability (CJA) norteamericano presentaran en noviembre de 2008 una querella contra todos los responsables intelectuales de aquella matanza por ‘delitos de crímenes de lesa humanidad, terrorismo de Estado, asesinato y torturas’. La Justicia salvadoreña ha ido frenando todos los procesos abiertos contra los responsables intelectuales de aquella matanza.

Difícil proceso

Benjamín Cuéllar señaló ante el magistrado Velasco que el ex presidente Cristiani dio instrucciones claras y directas a la Justicia salvadoreña de encubrir a los militares que formaban parte del Estado Mayor de El Salvador. EL MUNDO ha conseguido una serie de documentos, manuscritos, de una reunión que mantuvo el Estado Mayor el día 15 de noviembre de 1989 a las 20,00 horas donde se recogen las acciones que se van a llevar a cabo.

En esos documentos se refleja como el general Larios indica, entre otras cuestiones, que “deberíamos tomar acciones definitivas contra el FMLN (la guerrilla salvadoreña)”. Más adelante, Larios informa a sus compañeros del Estado Mayor que “he manifestado al Sr. Pdte [presidente]: Cerramos un día el país al mundo, salvamos militarmente el problema y al día siguiente abrimos el país nuevamente al mundo”.

Otro de los generales, Bustillo, recuerda que no pueden “permitir que las organizaciones humanitarias interfieran nuestras acciones”. El coronel Ponce también aporta su opinión en esa reunión: “Hay autorización para proceder con la eliminación de cabecillas, sindicalistas y reconocidos miembros líderes del FMLN…”. El coronel Zepeda, antes de actuar, pide que “Dios nos ilumine en esta acción”.

Pruebas contundentes

Lo más significativo e interesante de aquella reunión y de los documentos que obran en poder de este periódico es que en esa especie de actas manuscritas se refleja, por parte del general Larios, que el presidente estaba al tanto de todas las acciones que se llevaron a cabo tanto el 15 como el 16 de noviembre de 1989. Larios indica: “Esta decisión se le va a consultar al Sr. Pdte de la Rep, lo vamos a invitar a que venga“. El general Larios explica a sus compañeros del Estado Mayor de El Salvador que “si hay una contraorden después de consultar con el Sr. Pdte se os comunicará”. Y el mismo jefe militar que levantó acta de aquella reunión reflejó que “no hubo contra orden” por parte del presidente.

El coronel argentino José Luis García, que actúa como perito militar, también ha declarado ante el magistrado Eloy Velasco que está convencido de que el presidente Alfredo Cristiani estaba al corriente de las órdenes y acciones que iba a llevar a cabo el Estado Mayor de El Salvador antes, durante y después de la matanza de los jesuitas el 16 de noviembre de 1989.

Por todas esas circunstancias y las nuevas pruebas aportadas a la instrucción del caso es muy probable que en las próximas fechas el magistrado Velasco, titular del Central 6 de la Audiencia Nacional, amplíe las imputaciones y que estas puedan llegar hasta el mismísimo Cristiani.

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